Subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente

Objeto:

Realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente,  en las siguientes líneas:

a) Ayudas a la inversión que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión.

b) Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión.

c) Ayudas para estudios medioambientales.

d) Ayudas a la inversión para el reciclado y reutilización de residuos generados por terceros.

e) Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados cuando no se pueda identificar a la persona responsable de la contaminación o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la rehabilitación de conformidad con el principio «quien contamina paga».

f) Ayudas a las PYMEs para servicios de asesoramiento en materia de medio ambiente.

Cuantía de la subvención y criterios de adjudicación:

a) Ayudas para financiar inversiones que permitan ir más allá de las normas de la Unión en materia de protección medioambiental o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión:

a.1.– Inversiones para la reducción de la emisión de olores. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

a.2.– Inversiones en equipos para la depuración de compuestos orgánicos volátiles en instalaciones de fundición, siempre y cuando la depuración vaya más allá de lo exigido por la legislación medioambiental vigente. Veinte mil (20.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

a.3.– Minimización de emisiones difusas en fundiciones mediante cerramiento de la nave, confinamiento y captación de dichas emisiones. Veinte mil (20.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

a.4.– Inversiones destinadas a la adecuación de residuos de alto PCI a los requerimientos derivados de normas internacionales y/o del comprador o usuario final del combustible. Cuarenta mil (40.000) euros por proyecto y sesenta mil (60.000) euros por centro de producción.

a.5.– Inversiones destinadas a implantar o adecuar operaciones de preparación para la reutilización de residuos (PXR). Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

a.6.– Inversiones en sistemas de control de emisiones de partículas difusas basado en tecnologías digitales y sensórica de calidad de aire. Treinta mil (30.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

a.7.– Inversiones destinadas a la adaptación de plantas de envasado de bebidas en envases de un solo uso a plantas de envasado de bebida en envases reutilizables. Veinte mil (20.000) euros por proyecto y treinta mil (30.000) euros por centro de producción.

a.8.– Otras que cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden y en el Decreto que desarrolla. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

b) Ayudas para la adaptación anticipada a futuras normas de la Unión. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

c) Ayudas para realizar estudios ambientales. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

d) Ayudas para financiar inversiones para el reciclado y reutilización de residuos generados por terceros, siempre y cuando se cumplan las condiciones acumulativas del punto 4 del artículo 2 del Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente:

d.1.– Inversiones para posibilitar la identificación y separación de plásticos para un mejor reciclado, en especial en lo que se refiere a plásticos con retardantes de llama bromados. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

d.2.– Inversiones orientadas a la reutilización de piezas y el reciclaje y valorización de los residuos procedentes de los vehículos al final de su vida útil y de los residuos de aparatos eléctrico-electrónicos (RAEEs). Cinco mil (5.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

d.3.– Inversiones en dispositivos/maquinaria para el desmantelamiento y descontaminación de vehículos y barcos al final de su vida útil. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

d.4.– Inversiones en dispositivos/maquinaria para evitar la mezcla de RCDs, y para posibilitar la separación de mezclas de residuos de construcción y demolición que permitan la posterior valorización de las fracciones resultantes. Diez mil (10.000) euros por equipo y quince mil (15.000) euros por centro de producción.

d.5.– Inversiones en equipos de recogida, almacenamiento y prevención de vertido de granza y microplásticos en industrias transformadoras, o gestoras de residuos, de plástico como aspiradores, barredoras y recogedores, así como barreras de protección en los puntos de mayor riesgo como son las arquetas de recogida de agua. Quince mil (15.000) euros por proyecto y veinte mil (20.000) euros por centro de producción.

d.6.– Otras que cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden y en el Decreto que desarrolla. Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

e) Ayudas para el saneamiento de terrenos contaminados cuando no se pueda identificar al responsable de la contaminación, o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la rehabilitación de conformidad con el principio «quien contamina paga». Seis mil (6.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

f) Ayudas a las PYMEs para financiar los costes externos derivados de servicios de asesoramiento externo en materia medioambiental:

f.1.– Ayudas a las asociaciones e empresariales para el fomento del Registro EMAS entre las pequeñas y medianas empresas. Cinco mil (5.000) euros por proyecto y/o asociación empresarial.

f.2.– Ayudas a la inscripción en el Registro del Sistema Europeo de Gestión Medioambiental (EMAS). Seis mil (6.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

f.3.– Ayudas a la renovación de la resolución del registro EMAS. Tres mil (3.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

f.4.– Ayudas a la implantación y certificación en Norma de Ecodiseño UNE-EN ISO 14006, ecoetiquetas (tipo I o tipo III), declaraciones ambientales de producto (EPD’s) y a la implantación y certificación o registro de huella ambiental. Cuatro mil (4.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

f.5.– Ayudas para la declaración de calidad del suelo de solares que hayan soportado actividades potencialmente contaminantes cuando no se pueda identificar al responsable de la contaminación, o no pueda ser tenido legalmente como responsable de financiar la recuperación de conformidad con el principio «quien contamina paga». Diez mil (10.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

f.6.– Aplicación de la metodología «Operation Clean Sweep» en empresas transformadoras de plástico y/o gestoras de residuos plásticos con el objeto de minimizar el vertido de granza y microplásticos al medio natural.  Tres mil (3.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

f.7.– Ensayos y homologaciones para incorporar plástico secundario en piezas y productos. Cinco mil (5.000) euros por proyecto y/o centro de producción.

 

 

Plazo de solicitud:

La fecha fin de plazo para presentar solicitudes de ayuda será el 12 de Julio de 2020.

 

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