Programa de apoyo financiero a la inversión industrial: Reindustrialización 2015

Apoyos financieros para la realización de inversiones de carácter industrial que contribuyan a reforzar la competitividad de las empresas industriales y a favorecer el desarrollo de la industria.
La finalidad de dicho apoyo será favorecer el desarrollo de empresas y proyectos estratégicos que se efectúen en los municipios asignados a la convocatoria general, estimulando las iniciativas industriales innovadoras, que contribuyan a la generación de empleo y al aumento de las exportaciones.Tipos de actuaciones financiables:

  1. Creación de establecimientos industriales.
  2. Traslado de establecimientos industriales.
  3. Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
Inicio de la inversión: 01/01/2015
Inversión mínima: 75.000,00 € 
Tipo de subvención: Anticipos reembolsables y préstamos

 

Inicio convocatoria: 01/04/2015 Final convocatoria: 01/06/2015
Cuantía de la ayuda:
Interés máximo subvencionable:4,34 ptos.
Máximo subvencionable del préstamo:75,00 %
Plazo máximo de amortización:120 meses
Plazo máximo de carencia:36 meses
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: obra civil (inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos); edificación (inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo); aparatos y equipos de producción (adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción); ingeniería de proceso de producción (gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos).
para los casos 2 y 3, ingeniería de proceso de producción (gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos).
NO serán subvencionables: terrenos; elementos de transporte exterior; ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
Información adicional:
BENEFICIARIOS: sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva en los municipios asignados a la convocatoria general según el listado publicado en el Portal de Ayudas sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.CONDICIONES DEL PRÉSTAMO:
Importe máximo: hasta el 75% del presupuesto financiable.
Plazo de amortización: 10 años, con un plazo de carencia de 3 años.
Tipo de interés: oscilará según la valoración del proyecto entre el 1,656 (excelente); 2,54 (buena) o 4,34 (satisfactoria).
Método de amortización: las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
Garantías: con la solicitud de financiación deberá presentarse resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos, por un importe igual al 10% del préstamo solicitado.RESTRICCIONES: las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 01/01/15, hasta un plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros.
La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el 70% del presupuesto financiable total y el gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30% del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

COMPATIBILIDAD: las ayudas serán compatibles con cualquier otra financiación pública otorgada sobre los mismos costes financiables, ya sea en forma de subvención y/o préstamo, siempre que no excedan el 75% del total del presupuesto del proyecto de inversión. Además, en el caso de beneficiarios cuya fecha de constitución sea el año en que se efectúen las correspondientes convocatorias o el inmediatamente anterior, el importe del préstamo a conceder no podrá superar en 3 veces los fondos propios del solicitante.

NOTA INTERNA: estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, pueden ser cofinanciadas por el BEI para proyectos de pymes y Mid-caps y cuentan con una dotación total de e 408.725.760 euros para la convocatoria de 2015.
El plazo de resolución será de 6 meses desde la presentación de la solicitud.
El plazo de justificación será de 3 meses a partir de la finalización de la actuación subvencionada.
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Localización del proyecto:
España
Localización del beneficiario:
España

 

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